Recordatorio de Ordenanza Nº 1648/16
[18-12-2019] Desde la dirección de Servicios y Ambiente se recuerda a los vecinos, que se encuentra plenamente vigente la Ordenanza Nº 1648/16 que regula todo lo concerniente a terrenos baldíos y propiedades deshabitadas o inutilizables por su virtual estado de abandono y/o ruina, que se hallan ubicados dentro de la Planta Urbana Municipal.
En la misma, se manifiesta que existe un programa de Baldíos Limpios, y que el mismo, será instrumentado por la Municipalidad , rigiéndose por la Ordenanza Nº 1648/16 y demás disposiciones legales.
La norma establece que es obligación del propietario y/o Agentes Inmobiliarios que tengan a su cargo la gestión de ventas y/o locaciones de los inmuebles que se encuentran en infracción, mantener los terrenos parcial o totalmente baldíos en buenas condiciones de limpieza. Estas obligaciones abarcan desde el cordón de la vereda hasta sus fondos y contrafrentes.
Recordamos que, si los vecinos no cumplen con el mantenimiento y la limpieza de los mismos, el Municipio se encuentra habilitado a ingresar al inmueble y realizar la limpieza, siendo el propietario quien deberá asumir el costo y el cargo de tal procedimiento que será anunciado en la boleta de impuesto municipal.
Cuidar y mantener la ciudad limpia, es un compromiso de todos.