Reunión con el jefe del área Zoonosis y Vectores de la Provincia
[21-04-2020] Durante la mañana, el secretario de Gobierno Prof. Enzo Heft mantuvo una reunión con el jefe del área Zoonosis y Vectores de la provincia, Jerónimo Garcilazo Amatti, con el fin de proyectar nuevas estrategias ante la presencia de dengue.
Tal como estaba programado, durante la mañana, personal de la provincia realizó un bloqueo con fumigación en sectores donde se encuentran las residencias de los casos positivos para dengue.
El especialista, explicó que este tipo de tareas no se pueden hacer de manera preventiva en toda la ciudad, porque la función del producto aplicado no tiene un poder residual, su gota, mata al mosquito en ese momento vivo, y el portador de dengue, es un mosquito domiciliario osea, que vive en la casa de la gente, y se diferencia por su anatomía del mosquito común”.
El funcionario recordó la importancia de generar compromisos entre los vecinos para proceder a la limpieza y descacharrizacion para eliminar “no sólo recipientes que contengan agua sino aquellos que, en días de lluvia, puedan llegar a ser potenciales criaderos del vector”.
Asimismo, Garcilazo Amatti explico que entre las medidas preventivas también los vecinos pueden utilizar espirales o tabletas repelentes en los ambientes de sus casas, repelentes sobre la piel expuesta y sobre la ropa con aplicaciones cada 3 horas, cambiar el agua de los floreros y recipientes de agua para animales y de ser posible colocar mosquiteros en las ventanas y puertas de las viviendas.
Oportunamente, el jefe de zoonosis y vectores también recomendó prestar atención a los síntomas y consultar de manera temprana al centro de salud más cercano ante: fiebre alta, dolor de cabeza y por detrás de los ojos, mareos y vómitos, puntos rojos en la piel, dolor abdominal y de todo el cuerpo, malestar y cansancio extremo.
A futuro, en trabajo mancomunado se proyecta la vigilancia del Aedes aegypti, ubicando en distintos sectores de Viale “biotrampas” que podrán proporcionar panoramas para la próxima temporada, advirtiendo los lugares donde existe mayor concentración del mosquito y así, dirigir las tareas a esa zona ahorrando recursos y horas de trabajo.
Desde el Municipio se agradece el compromiso de este área de la provincia, que ante la problemática ha actuado y asistido de manera rápida y eficiente otorgando lineamientos de trabajo para poder actuar y hacerle frente al dengue en nuestra ciudad.
¡No se ha encontrado la galería!Medidas de prevención de dengue
[20-04-2020] Continuando con las medidas preventivas por dengue, el Municipio informa que, mañana a las 6:00 horas, un equipo dependiente de Epidemiología de la provincia procederá a realizar como medida de bloqueo, una fumigación en el sector comprendido entre los barrios Centenario y Alto Verde.
Por lo antes establecido, solicitamos a los vecinos que mañana, a partir de las 5:45 no circulen por la zona antes mencionada, y a aquellos que habitan ese sector, se mantenga dentro de sus domicilios.
El director de Servicios y Ambiente, Mauro Enrique explicó que: “en la oportunidad, vendrá personal de la dependencia de la provincia con el fin de realizar un trabajo mancomunado con el municipio y llevar adelante una nueva medida de bloqueo en una zona de Viale, pero es muy importante seguir contando con la ayuda de todos los vecinos descacharrizando sus espacios, teniendo en cuenta que los potenciales criaderos especialmente del Aedes Aeyipti, que es quien transmite el virus del Dengue, Chikungunya y Zika, pueden ser recipientes artificiales (tanques, barriles, neumáticos, latas, botellas, floreros, bebederos para animales, etc) y recipientes naturales (huecos de los árboles, huecos en las rocas) y considerando que el vector utiliza recipientes con agua limpia para depositar sus huevos, especialmente aquellos que contienen agua de lluvia”.
La única manera de combatir el dengue es con el compromiso de todos los vialenses, por lo que solicitamos que al realizar la descacharrización y limpieza de espacios, tengan en cuenta que el servicio de recolección de ramas, pastos y chatarras mantiene un cronograma que establece los días y barrios en que debemos depositar esos residuos para ser retirados evitando así, el acumulamiento innecesario de los mismos.
Programa "Libros y casas"
[20-04-2020] La subsecretaría de Cultura y Educación invita a los vecinos a conocer y disfrutar de una gran variedad los libros y animaciones de manera gratuita en el portal de “Libros y Casas”.
Este programa, de la Dirección Nacional de Formación Cultural contiene una biblioteca digital con un diverso catalogo para toda la familia compuesto por títulos de autores argentinos.
La colección incluye diversos géneros entre los interesados podrán seleccionar: cuentos policiales, de terror, de fútbol, de humor, manuales sobre derechos, guías para el mantenimiento del hogar, la Constitución de la Nación Argentina y libros de historietas, entre muchos otros ingresando aquí https://librosycasas.cultura.gob.ar/
Descubrí grandes obras argentinas y forma parte de esta experiencia que trasciende la impresión en papel y está disponible para todas las personas que quieran desde disfrutar de un buen libro, hasta encontrar consejos útiles para arreglar un artefacto.
¿Qué días sacar restos de ramas, pasto y chatarra?
[16-04-2020] Desde la dirección de Servicios y Ambiente se recuerda a la población los días y horarios en que deberán sacar restos de ramas, pasto, y chatarra para su posterior recolección.
Se recomienda depositar los residuos que comprendan ramas, pasto o chatarra dentro de la franja horaria comprendida entre las 6:30 y 12:30 horas, respetando el día establecido, según el sector y el barrio de la ciudad:
- Lunes y martes: abarca barrios Pancho Ramírez, Centenario, Vicoer Moreno y Alto Verde.
- Miércoles y jueves: reúne los barrios: La Loma, Florida, Centro, Bellaco, Villa Tranquila, dentro de las calles: 24 de Septiembre, Av. Rocamora, J.J. Paso, Av. Pte. Juan D. Perón, San Luis, R. Beltzer y Dr. Julio Vitor.
- Viernes : comprende los barrios: La Loma, Florida, Centro, Bellaco, Villa Tranquila, dentro de las calles: 24 de Septiembre, Av. Rocamora, J.J. Paso, Av. Pte. Juan D. Perón, San Luis, R. Beltzer y Dr. Julio Vitor.
Se solicita la colaboración de los vecinos respetando los días establecidos, para evitar acumulamiento de basura y la posible proliferación de roedores e insectos.
Capacitación Online "El costo emocional de emprender en cuarentena"
[15-04-2020] Desde la dirección de Desarrollo Productivo del Municipio se informa a los emprendedores locales que, la Secretaría de Desarrollo Económico y Emprendedor del Ministerio de Producción, Turismo y Desarrollo Económico de Entre Ríos realizará mañana, a las 17:00 horas una nueva capacitación online titulada "El costo emocional de emprender en cuarentena".
Dicha capacitación es totalmente gratuita y tiene como objetivo acompañar a emprendendores en una situación de aislamiento social, preventivo y obligatorio. La cuarentena nos encuentra con mayores compromisos para preservar la salud y la vida, y con un costo emocional de emprender que se tiene que colectivizar para no recaer en una desazón individual.
¿Cómo tomar decisiones? ¿Cómo sobrellevar nuestro emprendimiento? ¿Qué otros emprendimientos se pueden retomar post cuarentena? ¿Cómo acompaña el Estado? A lo largo del encuentro iremos dando lugar a estas preguntas y más.
Aquellos interesados en participar sólo deberán ingresar al siguiente link https://forms.gle/yo5g4we3cJzmyRUT9 y completar con datos básicos y comentar brevemente el proyecto de emprendedurismo que lleva adelante. en caso de tener inconvenientes con la pagina y no poder realizar la inscripción, se ruega comunicarse con el director de Desarrollo Productivo Tec. Albano Salcedo al 343 507-8655, para poder ingresar sus datos al listado.
Concurso Nacional Potenciar
[14-04-2020] La Dirección de Desarrollo Productivo, informa que se ha prorrogado hasta el 15 de abril el plazo para presentar solicitudes en el Concurso Nacional Potenciar, del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
Dicho concurso está dirigido a personas mayores de 40 años, desocupadas, con experiencia en los rubros de construcción, carpintería, herrería, gomería, gastronomía, textil, calzado y jardinería.
El mismo, premiará a los mejores proyectos destinados a producir o desarrollar servicios y se realizará una selección a nivel nacional de 500 proyectos a financiar, que recibirán un kit predeterminado de herramientas específico para el emprendimiento.
Se trata de un subsidio con contraprestación, ya que los ganadores deberán donar durante cuatro meses el 20% de su producción u ocho horas mensuales de trabajo en una institución sin fines de lucro.
Cabe aclarar que quedan fuera de concurso quienes sean titulares de más de 1 (un) bien inmueble; o de más de 1 (un) automóvil de 10 (diez) o más años de antigüedad; ó de más de 1 (una) moto-vehículo. También quienes estén inscriptos en Monotributo, con excepción del Monotributo Social; hayan renunciado a un trabajo en relación de dependencia durante los 12 (doce) meses anteriores a la presentación del proyecto, o quienes reúnan los requisitos necesarios para percibir pensiones de jubilación (contributiva o no contributiva), incapacidad permanente (contributiva o no contributiva) o viudez, y no la hayan solicitado ante la correspondiente entidad gestora.
Los interesados pueden cargar sus proyectos en http://potenciar.mds.gob.ar/inscripcion y podrán consultar más información, sobre las etapas de selección, requisitos e incompatibilidades en https://www.argentina.gob.ar/desarrollosocial/potenciar/basesycondiciones
Sorteo del Círculo Cerrado suspendido
[14-04-2020] La secretaría de Promoción Social del Municipio informa que, según lo establecido en el Decreto N° 297/2020 PEN, la actividad notarial se incluye en el listado de actividades y servicios esenciales en la emergencia, con marcadas restricciones, suspendiéndose por esto, hasta nuevo aviso, la realización del sorteo de una nueva vivienda del círculo cerrado, hasta tanto se habilite a los escribanos a proceder a realizar actividades de este tipo.
En cuanto al pago de cuota período 2020-03, cuyo vencimiento operaba para el 20/03/2020 , bajo la prorroga establecida por Decreto N°147/20, tiene su nueva fecha para el 17/04/2020.
La secretaria de Promoción Social, DG. Maria Esther Gambelin explicó que: “si bien, no se va a poder efectuar un nuevo sorteo debido a que la escribana no puede asistirnos en dicha actividad, desde el área se continúa trabajando en la construcción en paralelo de seis viviendas que están próximas a entregarse, claramente, tomando los recaudos que la situación que se atraviesa amerita y velando por la salud del personal de construcción”.
Desde dicha área, próximamente se darán a conocer más detalles sobre avances de obras y fecha de entrega de la vivienda N°37.
Decreto Nº 151/20
[13-04-2020] VISTO: Los Decretos Nº 127/20, Nº 136/20, Nº 138/20, Nº 139/20, Nº 141/20 y Nº 146/20 delD.E.M., el Decreto Nº 368 G.O.B., del 17 de marzo de 2.020; los Decretos P.E.N. Nº 297/20, Nº 325/20 y Nº 355/20, y las facultades propias otorgada por la Ley Orgánica de Municipios Nº 10.027, y;
CONSIDERANDO: Que resulta necesario adherir a todas las medidas con Nación y Provincia, actuando en correlato con las normativas emitidas por este Municipio, que conllevan a la contención social y el mantenimiento de las acciones para el control del aislamiento preventivo y obligatorio dictado;
Que es menester continuar con la cuarentena extendida hasta el 26 de abril del corriente año, tal como se ha dictado a nivel nacional, tomando en cuenta características propias de nuestra comunidad;
Que, de la experiencia colectada, se entiende como beneficioso la ampliación de dos (2) horas el horario para los comercios habilitados;
Que, a los efectos de mantener un estricto control de ingreso y egreso de personas y transportes a la ciudad de Viale, corresponde restringir la circulación en caminos vecinales, debiéndose utilizar únicamente los accesos principales de la ciudad por Presidente Illia y por Presidente Perón;
Que deben mantenerse los servicios esenciales y las condiciones establecidas en los Decretos DEM Nº 138/20, Nº 139/20, Nº 141/20, Nº 146/20 y Nº 146/20 a 149/20;
POR ELLO: EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VIALE DECRETA:
ARTICULO 1º) Adherir en todos sus términos al DNU Nº 355/20, extendiendo el aislamiento preventivo y obligatorio hasta el día 26 de abril de 2020, inclusive, con las excepciones prescriptas.-
ARTICULO 2º) Prorróguese el plazo establecido en el Decreto Nº 146/20, en el ámbito de la Municipalidad de Viale, a partir del día de la fecha y hasta el 26 de abril de 2020, inclusive, sin perjuicio de la continuidad que pudiere derivarse debido a la evolución de la situación sanitaria.-
ARTICULO 3º) Disponer que todas las áreas de la Administración Municipal y Defensa Civil continúen colaborando, si fuere necesario, con las fuerzas de seguridad Nacionales y Provinciales a los efectos de dar cumplimiento a las restricciones dictadas por el Gobierno Nacional.-
ARTICULO 3º)Quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, según se detalla a continuación, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios:
- Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
- Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
- Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
- Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
- Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
- Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
- Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
- Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
- Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
- Personal afectado a obra pública.
- Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
- Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
- Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
- Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
- Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
- Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
- Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
- Servicios de lavandería.
- Servicios postales y de distribución de paquetería.
- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
- Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
- E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
- Circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectroautista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente. En tal escasos, las personas asistidas y su acompañante deberán portar sus respectivos Documentos Nacionales de Identidad y el Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico y la necesidad de salidas, la cual podrá ser confeccionada en forma digital.
- Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista. Los profesionales deberán portar copia del Documento Nacional de Identidad de la persona bajo tratamiento y del Certificado Único de Discapacidad, o la prescripción médica correspondiente con los requisitos previstos en el inciso anterior.
- Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos. El BANCO CENTRAL DE LAREPÚBLICA ARGENTINA establecerá, mientras dure la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, lostérminos y condiciones en los cuales se realizará la actividad bancaria, pudiendo ampliar o restringir días y horariosde atención, servicios a ser prestados y grupos exclusivos o prioritarios de personas a ser atendidas, así como todo otro aspecto necesario para dar cumplimiento a las instrucciones y recomendaciones de la autoridad sanitaria
- Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente paratransporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestacionesde salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
- Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad deentrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.
- Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículosde las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal conautorización para circular, conforme la normativa vigente.
- Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio.En ningún caso se podrá realizar atención al público.
- Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados.
- En todos los casos se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria con el fin de evitar el contagio, incorporando protocolos sanitarios, organización por turnos para la prestación de servicios, adecuación de los modos de trabajo y de traslado a tal efecto. Los empleadores y las empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el MINISTERIO DE SALUD para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores.
- Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
- Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
- Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
- Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
- Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
- Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
- Inscripción, identificación y documentación de personas.-
ARTICULO 4º) Se prohíbe el ingreso o egreso por cualquiera de los caminos vecinales de la Ciudad. A tal efecto, la Dirección de Servicios Públicos y la Dirección de Obras Públicas practicarán el cierre de todos los accesos de conexión por tierra, asegurando un alto grado de señalamiento para evitar ingreso y egreso de personas o transporte de cualquier naturaleza.-
ARTICULO 5º) A partir del día lunes 13 de abril, ampliase la autorización para el horario de comercio en dos (2) horas, de mañana, para quienes se encuentran ya habilitados a funcionar, a saber:
Lunes a Sábado: Apertura 7:00 hs. Cierre 14:00hs.
Domingo: Cerrado
¡No se ha encontrado la galería!Continúa suspendida la emisión y renovación de licencias de conducir
[13-04-2020] La secretaría de Gobierno a través del área de transito del Municipio informa que en el marco de la emergencia sanitaria y de la situación epidemiológica actual, resulta necesario, oportuno y meritorio adoptar las medidas oportunas y preventivas establecidas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial en relación a la Licencia Nacional de Conducir y la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional.
Dicha Agencian, en la Disposición 2020-145 referida a medidas de prevención y contención contra el coronavirus COVID-19 establece prorrogar de manera preventiva y con carácter excepcional, la suspensión, por el término de 90 (noventa) días corridos contados a partir de su fecha de vencimiento, la vigencia de los cursos y exámenes psicofísicos exigidos para el otorgamiento y renovación de la LiNTI, cuyos vencimientos hayan operado u operen entre el 15 de febrero y el 14 de mayo inclusive del corriente año como si también prorrogase por el término de 90 (noventa) días corridos contados a partir de su fecha de vencimiento, las matriculas de instructores y evaluadores teóricos y prácticos de los Centros Emisores de Licencia Nacional de Conducir, cuyos vencimientos hayan operado u operen entre el 15 de febrero y el 14 de mayo inclusive del corriente año.”
Por lo antes establecido y acatando a lo estipulado en dicha Disposición, desde el centro de emisiones de licencias del Municipio se suspende, la atención al público y el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir (LNC), hasta el 26 de abril inclusive del corriente año.
Decreto N°149/20
[06-04-2020] Esta mañana, con el fin de adecuar la normativa municipal a las reformulaciones dadas al Decreto nacional al que se ha adherido, mediante Decreto N°149/20, el Municipio amplia el listado de servicios y actividades declarados esenciales conforme se establece a continuación:
- Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
- Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinarias vial y agrícola.
- Actividades vinculadas con comercio exterior, exportaciones de productos yo elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
- Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
- Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
- Mutuales y cooperativas de créditos, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o pagos.
- Inscripción, identificación y documentación de personas.
Aclárese que las disposiciones del inciso 14 del artículo 6° del Decreto N°297/20 incluyen las actividades de mantenimiento de servidores y que las disposiciones del art.6° inciso 7 del de la citada norma, incluyen a las personas afectadas a las actividades destinadas a la provistas de insumos necesarios para la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo, deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales.
En todos estos casos, los empleadores y empleados deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el MINISTERIO DE SALUD para preservar la salud de las trabajadoras y trabajadores.