Recordatorio de Ordenanza Nº 1648/16

[18-12-2019] Desde la dirección de Servicios y Ambiente se recuerda a los vecinos, que se encuentra plenamente vigente la  Ordenanza  Nº 1648/16 que regula  todo lo concerniente a terrenos baldíos y propiedades deshabitadas o inutilizables por su virtual estado de abandono y/o  ruina, que se hallan ubicados dentro de la Planta Urbana Municipal.

En la misma, se manifiesta que existe  un programa de Baldíos Limpios, y que el mismo, será instrumentado por la Municipalidad , rigiéndose por la Ordenanza Nº 1648/16 y demás disposiciones legales.

La norma establece que es obligación del propietario y/o Agentes Inmobiliarios que tengan a su cargo la gestión de ventas y/o locaciones de los inmuebles que se encuentran en infracción,  mantener los terrenos  parcial o totalmente baldíos en buenas condiciones de limpieza. Estas obligaciones abarcan desde el cordón de la vereda hasta sus fondos y contrafrentes.

Recordamos que, si los vecinos no cumplen con el mantenimiento y la limpieza de los mismos, el Municipio se encuentra habilitado a  ingresar al inmueble y realizar la limpieza, siendo el propietario quien deberá asumir el costo y el cargo de tal procedimiento que será anunciado en la boleta de impuesto municipal.

Cuidar y mantener la ciudad limpia, es un compromiso de todos.