Documentación para circular

[20-10-2020] El Área de Tránsito y Guardia Urbana del Municipio recuerda a los vecinos que ante operativos de control de transito que se desarrollan en diferentes puntos de la ciudad, se solicitará a los automovilistas la documentación pertinente para circular y/o conducir.

Los conductores, además de poseer los elementos de seguridad para el automotor, deben estar provistos de:

  • D.N.I.
  • Licencia de conducir con categoría habilitante.
  • Cédula de identificación del vehículo titular o autorizado según corresponda.
  • Seguro obligatorio.
  • Último recibo pago de Patente (recordamos que de a cuerdo a lo establecido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial,  dentro de las exigencias estipuladas que debe portar el conductor para circular y/o conducir se encuentra el comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo. No obstante, dentro de la jurisdicción correspondiente a este Municipio, no se realizan infracciones por no contar o portar el comprobante de pago del impuesto antes nombrado, pero no se debe descartar, que otras jurisdicciones exijan dicho recibo y puedan aplicarse sanciones).

Asimismo, se recuerda a los motociclistas que sumado a la documentación antes mencionada,  el casco protector es de uso obligatorio cuando se circula en motos o ciclomotores ya que así lo establece la ley Nº 24449 Nacional de Tránsito.

Contar con todo lo antes anunciado es de vital importancia. Principalmente, sirven como medida de control de todos los individuos que tienen permitido el manejo de vehículos, así como su identificación. Tener toda la documentación obligatoria en regla supone una de las medidas de seguridad vial importantes.