Decreto Nº 151/20

[13-04-2020] VISTO: Los Decretos Nº 127/20, Nº 136/20, Nº 138/20, Nº 139/20, Nº 141/20 y Nº 146/20 delD.E.M., el Decreto Nº 368 G.O.B., del 17 de marzo de 2.020; los Decretos P.E.N. Nº 297/20, Nº 325/20 y Nº 355/20, y las facultades propias otorgada por la Ley Orgánica de Municipios Nº 10.027, y;

CONSIDERANDO: Que resulta necesario adherir a todas las medidas con Nación y Provincia, actuando en correlato con las normativas emitidas por este Municipio, que conllevan a la contención social y el mantenimiento de las acciones para el control del aislamiento preventivo y obligatorio dictado;

Que es menester continuar con la cuarentena extendida hasta el 26 de abril del corriente año, tal como se ha dictado a nivel nacional, tomando en cuenta características propias de nuestra comunidad;

Que, de la experiencia colectada, se entiende como beneficioso la ampliación de dos (2) horas el horario para los comercios habilitados;

Que, a los efectos de mantener un estricto control de ingreso y egreso de personas y transportes a la ciudad de Viale, corresponde restringir la circulación en caminos vecinales, debiéndose utilizar únicamente los accesos principales de la ciudad por Presidente Illia y por Presidente Perón;

Que deben mantenerse los servicios esenciales y las condiciones establecidas en los Decretos DEM Nº 138/20, Nº 139/20, Nº 141/20, Nº 146/20 y Nº 146/20 a 149/20;

POR ELLO: EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VIALE DECRETA:

ARTICULO 1º) Adherir en todos sus términos al DNU Nº 355/20, extendiendo el aislamiento preventivo y obligatorio hasta el día 26 de abril de 2020, inclusive, con las excepciones prescriptas.-

ARTICULO 2º) Prorróguese el plazo establecido en el Decreto Nº 146/20, en el ámbito de la Municipalidad de Viale, a partir del día de la fecha y hasta el 26 de abril de 2020, inclusive, sin perjuicio de la continuidad que pudiere derivarse debido a la evolución de la situación sanitaria.-

ARTICULO 3º) Disponer que todas las áreas de la Administración Municipal y Defensa Civil continúen colaborando, si fuere necesario, con las fuerzas de seguridad Nacionales y Provinciales a los efectos de dar cumplimiento a las restricciones dictadas por el Gobierno Nacional.-

ARTICULO 3º)Quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, según se detalla a continuación, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios:

  1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
  2. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
  3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
  4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
  5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
  6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
  7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
  8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
  9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
  10. Personal afectado a obra pública.
  11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
  12. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
  13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
  14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
  15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
  16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
  17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
  18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
  19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  20. Servicios de lavandería.
  21. Servicios postales y de distribución de paquetería.
  22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
  24. E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
  25. Circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectroautista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente. En tal escasos, las personas asistidas y su acompañante deberán portar sus respectivos Documentos Nacionales de Identidad y el Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico y la necesidad de salidas, la cual podrá ser confeccionada en forma digital.
  26. Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista. Los profesionales deberán portar copia del Documento Nacional de Identidad de la persona bajo tratamiento y del Certificado Único de Discapacidad, o la prescripción médica correspondiente con los requisitos previstos en el inciso anterior.
  27. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos. El BANCO CENTRAL DE LAREPÚBLICA ARGENTINA establecerá, mientras dure la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, lostérminos y condiciones en los cuales se realizará la actividad bancaria, pudiendo ampliar o restringir días y horariosde atención, servicios a ser prestados y grupos exclusivos o prioritarios de personas a ser atendidas, así como todo otro aspecto necesario para dar cumplimiento a las instrucciones y recomendaciones de la autoridad sanitaria
  28. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente paratransporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestacionesde salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
  29. Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad deentrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.
  30. Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículosde las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal conautorización para circular, conforme la normativa vigente.
  31. Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio.En ningún caso se podrá realizar atención al público.
  32. Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados.
  33. En todos los casos se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria con el fin de evitar el contagio, incorporando protocolos sanitarios, organización por turnos para la prestación de servicios, adecuación de los modos de trabajo y de traslado a tal efecto. Los empleadores y las empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el MINISTERIO DE SALUD para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores.
  34. Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
  35. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
  36. Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
  37. Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
  38. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
  39. Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
  40. Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
  41. Inscripción, identificación y documentación de personas.-

ARTICULO 4º) Se prohíbe el ingreso o egreso por cualquiera de los caminos vecinales de la Ciudad. A tal efecto, la Dirección de Servicios Públicos y la Dirección de Obras Públicas practicarán el cierre de todos los accesos de conexión por tierra, asegurando un alto grado de señalamiento para evitar ingreso y egreso de personas o transporte de cualquier naturaleza.-

ARTICULO 5º) A partir del día lunes 13 de abril, ampliase la autorización para el horario de comercio en dos (2) horas, de mañana, para quienes se encuentran ya habilitados a funcionar, a saber:

Lunes a Sábado: Apertura 7:00 hs. Cierre 14:00hs.

Domingo: Cerrado

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Continúa suspendida la emisión y renovación de licencias de conducir

[13-04-2020] La secretaría de Gobierno a través del área de transito  del  Municipio  informa que en el marco de la emergencia sanitaria y de la situación epidemiológica actual, resulta necesario, oportuno y meritorio adoptar las medidas oportunas y preventivas establecidas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial en relación a la Licencia Nacional de Conducir y la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional.

Dicha Agencian, en la Disposición 2020-145 referida a medidas de prevención y contención contra el coronavirus COVID-19 establece prorrogar de manera preventiva y con carácter excepcional, la suspensión, por el término de 90 (noventa) días corridos contados a partir de su fecha de vencimiento, la vigencia de los cursos y exámenes psicofísicos exigidos para el otorgamiento y renovación de la LiNTI, cuyos vencimientos hayan operado u operen entre el 15 de febrero y el 14 de mayo inclusive del corriente año como si también prorrogase por el término de 90 (noventa) días corridos contados a partir de su fecha de vencimiento, las matriculas de instructores y evaluadores teóricos y prácticos de los Centros Emisores de Licencia Nacional de Conducir, cuyos vencimientos hayan operado u operen entre el 15 de febrero y el 14 de mayo inclusive del corriente año.”

Por lo antes establecido y acatando a lo estipulado en dicha Disposición, desde el centro de emisiones de licencias del Municipio se suspende, la atención al público y el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir (LNC), hasta el 26 de abril inclusive del corriente año.


Decreto N°149/20

[06-04-2020] Esta mañana, con el fin de adecuar la normativa municipal a las reformulaciones dadas al Decreto nacional al que se ha adherido, mediante Decreto N°149/20, el Municipio amplia el listado de servicios y actividades declarados esenciales conforme se establece a continuación:

  • Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
  • Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
  • Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinarias vial y agrícola.
  • Actividades vinculadas con comercio exterior, exportaciones de productos yo elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
  • Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
  • Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
  • Mutuales y cooperativas de créditos, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o pagos.
  • Inscripción, identificación y documentación de personas.

Aclárese que las disposiciones del inciso 14 del artículo 6° del Decreto N°297/20 incluyen las actividades de mantenimiento de servidores y que las disposiciones del art.6° inciso 7 del de la citada norma, incluyen a las personas afectadas a las actividades destinadas a la provistas de insumos necesarios para la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.

Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo, deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales.

En todos estos casos, los empleadores y empleados deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el MINISTERIO DE SALUD para preservar la salud de las trabajadoras y trabajadores.


Continúa el operativo de bloqueo sanitario para mosquitos

[02-04-2020] Esta mañana el Municipio recibió por parte de Epidemiología de la Provincia, productos para continuar con el operativo  de control de Aedes Aegypti.

Tal como se informó ayer, personal municipal sigue realizando medidas de bloqueo sanitario con fumigaciones en zonas activadas bajo protocolo por caso de Dengue.

El director de Servicios y Ambiente, Mauro Enrique comentó que “el trabajo se va a ir realizando por sectores, pero es un muy importante contar con la colaboración de todos los vecinos y descacharrizar sus espacios, recordando que los potenciales criaderos pueden ser recipientes artificiales (tanques, barriles, neumáticos, latas, botellas, floreros, bebederos para animales, etc) y recipientes naturales (huecos de los árboles, huecos en las rocas) y considerando que el vector utiliza recipientes con agua limpia para depositar sus huevos, especialmente aquellos que contienen agua de lluvia” y agregó “hemos recibido folletería que se repartirán a los vecinos con el fin de crear conciencia y sumar campañas de descacharrización”

A continuación, recordamos una serie de sugerencias para eliminar todos los criaderos de mosquitos:

  • En primer lugar se recomienda descartar todos los recipientes que puedan acumular agua (como latas, botellas, neumáticos).
  • En caso de no desechar los objetos que se encuentran en el exterior, colocalos dado vuelta (baldes, palanganas, tambores) o cambiales el agua y cepillalos frecuentemente (bebederos de mascotas).
  • Rellená los floreros y portamacetas con arena húmeda.
  • Mantené los patios limpios y ordenados y los jardines desmalezados.
  • Limpiá canaletas y desagües de lluvia de los techos.
  • Tapá los tanques y recipientes que se usan para recolectar agua.

Se recuerda que se habilita a los vecinos a cortar el pasto en los frentes de sus domicilio a pesar del aislamiento social y obligatorio decretado por el gobierno nacional.

Cabe señalar que el dengue es una enfermedad viral transmitida por el mosquito Aedes aegypti, cuyos síntomas aparecen, aproximadamente, tres días después de la picadura y son: fiebre alta, mareos, vómitos, dolor de cabeza, y de articulaciones y huesos. También, el paciente puede presentar manchas rojas en la piel, cansancio sin razones aparentes y sangrado de nariz y encías.

Ante la aparición de cualquiera de ellos se debe acudir a un centro de salud y seguir el tratamiento indicado por el médico.

Solicitamos la colaboración de todos recordando que, la única manera de combatir el dengue es con el compromiso de todos los vialenses.


Capacitación online gratuita sobre comercio digital en redes sociales

[02-04-2020] Desde la dirección de Desarrollo Productivo del Municipio se informa a los emprendedores locales que, el Ministerio de Producción, Turismo y Desarrollo Económico realizará mañana, a las 16:00 horas una capacitación online sobre comercio digital en redes sociales.

La propuesta tiene como objetivo brindar herramientas y estrategias de comercialización para que los pequeños productores y emprendedores fortalezcan sus tareas y ventas vía redes sociales.

La capacitación se realizará de modo virtual y gratuitamente para que cualquier persona emprendedora participe de manera segura desde su lugar de residencia, y como una manera de cuidar la salud y cumplir con el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto en todo el país.

Dicha capacitación forma parte de los talleres de Formación en Competencias Emprendedoras de la Secretaría de Desarrollo Económico y Emprendedor, que impulsa capacitaciones, talleres, seminarios y jornadas enfocadas en el desarrollo de actitudes y aptitudes para la consolidación del emprendedurismo en Entre Ríos.

Aquellos interesados en participar sólo deberán ingresar  al siguiente link https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScQhyVGYp2uyTHTS5lCyQYbWcpCxYQwJ6wMWGEvmlTXSGpGvw/viewform?fbclid=IwAR0cemYT3VIe7slGIzQoIPIAeoz7E_XnNXTtVrwZGdNvkRw9ak_-T2pqAWs completar  con datos básicos y comentar brevemente el proyecto de emprendedurismo que lleva adelante.


Mañana retoma sus actividades la oficina de Defensa del Consumidor

[02-04-2020] Desde el Municipio se informa a los que vecinos que a partir de mañana, de lunes a viernes de 8:00 a 12:00 horas retomará sus actividades la oficina de defensa del consumidor.

La dependencia municipal que funciona en el NIDO, tiene como objetivo asistir e informar a los habitantes sus derechos en materia de consumo. Se ocupa de recibir y tratar los reclamos de los consumidores, instruir a los ciudadanos, determinar responsabilidades, verificar el cumplimento de ofertas, entre otras funciones.

Dada la situación de aislamiento preventivo y obligatorio decretada por el gobierno nacional y con el fin de evitar la circulación innecesaria y aglomeramiento, de no ser por caso de extrema urgencia y necesidad, se solicita a los ciudadanos agoten la instancia de contacto telefónico al 4921-135  (Viale) o a las líneas dispuestas por  la  Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de nuestra provincia (0343) 4207916 / 4207940 / 0800-444-8256. De no poder solucionar su reclamo mediante este recurso, hacerse presente en dicha oficina.

Asimismo comunicamos que, desde el área de Bromatología, se están realizando en los comercios de nuestra ciudad los controles pertinentes en cuanto a precios y mercadería con el fin de dar cumplimiento a las normativas y derechos de los consumidores vialense.


Nota de agradecimiento por donaciones a Promoción Social

[02-04-2020] Los vecinos de Viale, y el Municipio expresan su gratitud a la Unión Cívica Radical, al Movimiento Social Entrerriano, al PRO y al Partido Justicialista por la asignación de contribuciones realizadas a fin de ser destinadas a Promoción Social para personas indigentes, proporcionándoles elementos indispensables, especialmente alimentos, para transcurrir las consecuencias de la pandemia del COVID-19.

La UCR, el MSE Y el PRO, por su parte, destinaron sus aportes partidarios a la Promoción Social a través del presidente municipal, Dr. Carlos Weiss, el vicepresidente municipal Prof. Miguel Heft, los Funcionarios: Guillermo Lell, Carina Sanabria, Ricardo Albeira, Alexis Reula, María Esther GambelÍn, Mauro Enrique, Bibiana Rojas, Albano Salcedo, Enzo Heft, Daniel Rodríguez, Walter Pirola, el abogado Jorge D´Agostino, y los señores Concejales: Esteban Chiardola, Gustavo Nani, Pedro Abasto y Gisela Rodríguez en razón de conocer por su actividad, de las enormes dificultades por las que atraviesa el Municipio para la cobertura de las necesidades de los que menos tiene en este momento de crisis indescriptibles para la vida de la ciudad.

Asimismo, queremos expresar nuestro agradecimiento por el esfuerzo que han hecho los Concejales de CREER: Simón Pérez. Marcela Grinóvero, Nadia Verrua, Ezequiel Gaut y Andrés Rodríguez en donar el 10% de sus dietas para el mismo fin que los demás partidos, comprendiendo el sentido de la solidaridad y dejando de lado todas las diferencias políticas en pos de salir de la emergencia sanitaria.

Este, se convierte en un ejemplo más de que juntos y entre todos, podremos afrontar este flagelo.

Muchas gracias


Recomendaciones para prevenir el dengue, la fiebre chikungunya y el zika

[01-04-2020] Tomando medidas preventivas por dengue en nuestra ciudad, el Municipio informa que en este momento y mañana a las 7:00 horas, se procederá a realizar las medidas de bloqueo pertinentes que consistirá en la fumigación en el sector comprendido entre las calles: Belgrano entre Gualeguaychú y San Martin; calle La Paz, Gregoria Pérez y Belgrano entre 7 de julio a Avenida San Martín.

Por lo antes establecido, solicitamos a los vecinos, que durante este periodo y mañana a partir de las 6:45 no circulen por la zona antes mencionada, y a los vecinos que habitan ese sector, se mantenga dentro de sus domicilios.

El Dr. Mauro González, director del Centro de Salud Dr. Ramón Carrillo explicó que es necesario tomar todos los recaudos; “realizando pequeñas acciones cotidianas, podemos evitar la proliferación de los mosquitos, especialmente del Aedes Aeyipti, que es quien transmite el virus del Dengue, Chikungunya y Zika, sobre todo en esta época del año donde su reproducción se potencia”.

A continuación, una serie de sugerencias para eliminar todos los criaderos de mosquitos:
• En primer lugar se recomienda descartar todos los recipientes que puedan acumular agua (como latas, botellas, neumáticos).
• En caso de no desechar los objetos que se encuentran en el exterior, colocalos dado vuelta (baldes, palanganas, tambores) o cambiales el agua y cepillalos frecuentemente (bebederos de mascotas).
• Rellená los floreros y portamacetas con arena húmeda.
• Mantené los patios limpios y ordenados y los jardines desmalezados.
• Limpiá canaletas y desagües de lluvia de los techos.
• Tapá los tanques y recipientes que se usan para recolectar agua.
Asimismo, se informa que a partir de hoy, se habilita a los vecinos a cortar el pasto en los frentes de sus domicilio a pesar del aislamiento social y obligatorio decretado por el gobierno nacional.

Cabe señalar que el dengue es una enfermedad viral transmitida por el mosquito Aedes aegypti, cuyos síntomas aparecen, aproximadamente, tres días después de la picadura y son: fiebre alta, mareos, vómitos, dolor de cabeza, y de articulaciones y huesos. También, el paciente puede presentar manchas rojas en la piel, cansancio sin razones aparentes y sangrado de nariz y encías.

Ante la aparición de cualquiera de ellos se debe acudir a un centro de salud y seguir el tratamiento indicado por el médico.

Solicitamos la colaboración de todos recordando que, la única manera de combatir el dengue es con el compromiso de todos los vialenses.