Capacitación virtual de manipulación de alimentos
[21-05-2020] Desde el área de Bromatología del Municipio informa a los vecinos que dadas las circunstancias por las que se atraviesa debido a la pandemia por Covid-19, se han suspendidos todas las capacitaciones referidas a la manipulación de alimentos y obtención del respectivo carnet en nuestra ciudad.
En tanto, es pertinente comunicar que el Instituto de Control de la Alimentación y Bromatología (ICAB) se encuentra brindando dichas capacitaciones de manera online, por lo cual, aquellos que necesiten hacer la renovación o soliciten la obtención del carnet de manipulador, deberán ingresar al siguiente link y para rellenar con los datos solicitados para la inscripción: https://www.entrerios.gov.ar/icab/index.php?codigo=124&codsubmenu=128&menu=menu&modulo=b
Es importante recordar que, la capacitación en inocuidad de los alimentos, es una acción indispensable para reducir el riesgo de Enfermedades Transmitidas por Alimentos (ETA) y que resulta clave en el marco de las tareas de promoción de la salud desarrollar experiencias educativas que tengan el objetivo de formar y concientizar a los manipuladores sobre los cuidados necesarios en la preparación y manipulación de los alimentos para prevenir las ETA.
Esta propuesta de capacitación, está destinada a los manipuladores de alimentos, con el fin de obtener el Carnet de Manipulador de Alimentos establecido el curso por Ley Nacional de Alimentos y el Carnet de Manipulador por Resolución ICAB N°: 025/15.
Al finalizar la capacitación, la institución provee un link para que el usuario descargue e imprima su carnet y pueda de esta manera presentarlo ante las autoridades que se lo soliciten.
Reunión con integrantes de Defensa Civil
[20-05-2020] En la mañana de ayer el presidente municipal Dr. Carlos Weiss junto al vicepresidente municipal Prof. Miguel Heft y el secretario de Gobierno Prof. Enzo Heft mantuvieron una reunión con integrantes de la Junta Municipal de Defensa Civil de nuestra ciudad.
Durante el encuentro, los mandatarios dieron a conocer un resumen de los trabajos realizados relacionados a la prevención de covid-19 junto a los protocolos de higiene y seguridad que se han enviado a Provincia, por medio de la Ministra Rosario Romero, junto al petitorio de habilitación de cafeterías, restaurantes, gimnasios, iglesias y templos de culto resaltando que dichos protocolos han sido confeccionados con la colaboración de personal idóneo de cada sector tomando los recaudos para garantizar la salud y seguridad del personal y clientes y para llevar adelante la implementación progresiva y escalonada de las distintas actividades, siendo instrumentos útiles para la apertura de nuevos sectores, donde es posible la convivencia con la afección de la pandemia COVID-19.
Asimismo, se comunicó a los presentes sobre los casos asistidos desde la dirección de Promoción Social y los representantes de las instituciones deportivas, reportaron como viene llevándose adelante la actividad recreativa habilitada en sus campos.
Los medios de prensa por su parte, brindaron un análisis desde su perspectiva, sobre cómo los vialenses desarrollan la actividad recreativa habilitada en nuestra ciudad y finalmente, se informó desde la Dirección de Servicios y Ambiente que se ha ingresado una nota a la Secretaría de Ambiente de la Provincia, dirigida al Ing. Martín Barbieri informando que se procederá a realizar una quema controlada de restos de ramas procedentes de la poda controlada que se ejecuta en estos días por diferentes barrios de la localidad.
¡No se ha encontrado la galería!En el Centro de Salud Dr. Ramón Carrillo se han aplicado 704 vacunas antigripales
[20-05-2020] El Centro de Salud Dr. Ramón Carillo da a conocer a los vecinos el números de pacientes vacunados a la fecha pertenecientes a la campaña de vacunación 2020.
Al día de hoy, según se informa, se han aplicado un total de 704 vacunas, distribuidas en 96 vacunas a pacientes pediátricos, 608 a adultos con vacuna antigripal. Dado el contexto epidemiológico de la pandemia por Covid-19, tal como fue anunciado, al iniciarse el periodo de vacunación, se dio prioridad al personal de salud, personas consideradas de riesgo y mayores de 65 años.
El director del Centro de Salud, Dr. Mauro González explicó que: “la vacuna antigripal está incorporada al calendario con el objetivo de disminuir las complicaciones, hospitalizaciones, muertes y secuelas ocasionadas por el virus de influenza en la población de riesgo en Argentina”. Y agregó: “la vacunación oportuna es la herramienta de mayor eficacia e impacto para la prevención pero no debemos olvidar que el lavado adecuado de las manos o su desinfección en forma frecuente es otra medida de alto impacto para evitar la transmisión de la gripe y de otras enfermedades infecciosas como también cumplir con medidas de control al toser o estornudar (cubrirse con el codo) contribuye a disminuir la posibilidad de transmisión del virus”.
En este momento, el Centro de Salud aguarda la recepción de nuevas dosis procedentes de la provincia, motivo por lo cual, se anunciará a la brevedad, las próximas fechas de aplicación. Reiteramos que, de no ser necesario, se recomienda no concurrir al establecimiento; y que ante cualquier duda o consulta, puede comunicarse al 4920300, para ser asesorados.
Solicitud de excepción para cafeterías, restaurantes, gimnasios, iglesias y templos de culto
[18-05-2020] Esta mañana, el Municipio solicito a Provincia, por medio de la Ministra Rosario Romero, la habilitación de cafeterías, restaurantes, gimnasios, iglesias y templos de culto y adjunto a dicho petitorio, los protocolos de higiene y seguridad pertinentes para cada espacio.
Cabe destacar que en nuestra ciudad, a la fecha, no se han registrado casos positivos de Covid-19, se ha cumplido rigurosamente con las recomendaciones emanadas por el Ministerio de Salud de Nación y el Comité de Emergencia en Salud de Entre Ríos (COES) y luego de una evaluación exhaustiva, se considera oportuno la excepción al cumplimiento del “aislamiento social preventivo y obligatorio a las actividades antes nombradas.
Dichos protocolos han sido confeccionados con la colaboración de personal idóneo de cada sector tomando los recaudos para garantizar la salud y seguridad del personal y clientes y para llevar adelante la implementación progresiva y escalonada de las distintas actividades, siendo instrumentos útiles para la apertura de nuevos sectores, donde es posible la convivencia con la afección de la pandemia COVID-19.
Es importante destacar que se aclaró en la solicitud que dichas excepciones podrán ser dejadas sin efecto en forma parcial o total, en virtud de las recomendaciones de las autoridades sanitarias y conforme a la evolución epidemiológica de la pandemia.
Se ha habilitado la actividad del personal de casas particulares
[15-05-2o20] A través del Decreto N°214/20 el Municipio adhiere a la resolución Nº 0276 del Ministerio de la Producción de Entre Ríos, la cual exceptúa del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular, respecto al personal ocupado en Casas Particulares en todo el territorio provincial.
A continuación, se detallan las pautas que deben seguir los trabajadores, su traslado y los elementos de protección que deben proveer los empleadores.
Respecto al conocimiento del virus:
Tanto empleado como empleado deben informarse correspondientemente sobre las particularidades del coronavirus, sobre todo referido a síntomas de alerta, sus formas de contagio y los mecanismos de distanciamiento, higiene y desinfección que evitan su contagio. Dicha información está disponible en https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus.
Respecto a personal exceptuado:
Las personas que se encuadran en los grupos de riesgo descriptos en decreto provincial 276 serán exceptuadas de realizar las actividades en casas particulares, así como también deberá contemplarse situaciones de personas con hijos en edad escolar, que no puedan dejar al cuidado de otras personas.
Respecto al traslado del trabajador desde y hacia su casa:
Deberá evitarse el transporte público, y de no ser posible tal situación se tomarán todos los recaudos para minimizar riesgos de contagio. Se deberá usar barbijos, se evitará tocarse boca, nariz y ojos durante el trayecto, se viajero provisto de un kit de higiene de manos de alcohol en gel o alcohol diluido al 70 % para usar ante cualquier situación de contacto considerada riesgosa.
El trabajador deberá poseer en todo momento el permiso único de circulación expedido a nivel nacional. El empleado deberá descargar en su teléfono móvil la app CUIDAR - COVID 19-AR del gobierno nacional
Respecto al Ingreso al lugar de trabajo:
Al ingreso al trabajo deberá verificarse ausencia de sintomatología compatible con enfermedad respiratorio, también se deberá insistir con la consulta sobre contactos directos con personas diagnosticadas con covid o, que hayan estado en localidades con circulación activa del virus.
El empleador deberá facilitar una superficie embebida con lavandina diluido con agua para la correcta higiene del calzado, previo ingreso y de ser factible, cambio de calzado u otra vestimenta.
La primera tarea del empleado será la de lavarse con agua y jabón, según se indica en las recomendaciones del Ministerio de Salud.
Respecto a los Elementos de Protección Personal:
El empleador deberá proveer de barbijos o tapabocas, guantes de látex, delantal o chaqueta mangas largas y máscaras faciales de uso individual. Todos los elementos deberán utilizarse acorde a indicaciones del fabricante respecto a si son descartable o reutilizables, así como la vida útil y la manera correcta de limpieza y desinfección del material reutilizable. También se dispondrá de alcohol en gel para ser utilizado con frecuencia y ante cada tarea que requiera de contacto de manos con superficies.
Respecto a convivientes del empleador y distanciamientos:
En caso que el empleador o convivientes de él pertenezcan a grupos de riesgo, deberán extremarse las medidas de evitabilidad de contacto. Se recomienda que durante las tareas domésticas asignadas al empleado, no compartan espacios con las personas que allí conviven. De no ser posible tal condición, se recomienda distanciamiento mínimo de 1,5 metros en todo momento, así como uso de elementos de protección personal también en los habitantes del hogar.
Respecto a desinfección, ventilación e higiene:
La contaminación de superficies y objetos es una de las vías más frecuentes de transmisión de las infecciones respiratorias. Se recuerda que diversas superficies deben ser desinfectadas regularmente para minimizar el riesgo de transmisión por contacto: mostradores, barandas, picaportes, puertas, etc.
Antes de aplicar cualquier tipo de desinfectante debe realizarse la limpieza de las superficies con agua y detergente. Esta limpieza tiene por finalidad realizar la remoción mecánica de la suciedad presente.
La forma sugerida es siempre la limpieza húmeda con trapeador o paño, en lugar de la limpieza seca (escobas, cepillos, etc). Una vez realizada la limpieza de superficies se procede a su desinfección.
Con la siguiente solución pueden desinfectarse las superficies que estén visiblemente limpias o luego de su limpieza. Esta solución produce rápida inactivación de los virus y otros microorganismos y se requiere de elementos de uso corriente: agua, recipiente, trapeadores o paños, hipoclorito de sodio de uso doméstico (lavandina con concentración de 55 gr/litro):
-Colocar 10ml (2 cucharadas) de lavandina de uso doméstico en 1 litro de agua. De utilizar una lavandina comercial con concentración de 25 g/1, se debe colocar el doble volumen de lavandina para lograr una correcta desinfección.
-Sumergir el trapeador o paño en la solución preparada, escurrir y friccionar las superficies a desinfectar. Dejar secar la superficie. El personal de limpieza debe utilizar equipo de protección individual adecuado para limpieza y desinfección.
Por otro lado, se debe respetar la ventilación de ambientes cerrados, sobre todo en período invernal o de bajas temperaturas debe hacerse con regularidad para permitir el recambio de aire. En otras circunstancias y lugares se recomienda que se asegure el recambio de aire mediante la abertura de puertas y ventanas que produzcan circulación cruzada del aire.
Recordemos que tal como se establece, esta excepción podrá ser dejada sin efecto en forma parcial o total, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y conforme a la evolución epidemiológica de la pandemia Covid-19.
Agricultura cuenta con 15 protocolos de buenas prácticas frente al COVID-19
[15-05-2020] El Municipio informa a los vecinos que el Ministerio de Salud de la Nación ha dispuesto lineamientos que contienen especificaciones para cada actividad productiva, los cuales se han elaborado en conjunto de la cartera nacional, el INTA, el Senasa y las asociaciones y organismos que nuclean a las diferentes cadenas.
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación cuenta al momento con 15 protocolos específicos para las diferentes actividades productivas con el fin de, brindar seguridad para trabajadores y consumidores frente a la pandemia, en la fase de mitigación del virus COVID-19, garantizando el abastecimiento de los productos en la mesa de los argentinos.
Cada interesado podrá ingresar, conocer y descargar el protocolo que sea de su área e informarse así, sobre las forma de actuar con la mayor celeridad frente a posibles casos sospechosos o positivos para evitar la paralización de toda una cadena productiva y así perder la oferta de productos esenciales, siempre en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia 260/2020.
Las cadenas que ya cuentan con su Protocolo son:
- Agricultura familiar
- Alimentos y bebidas
- Apicultura
- Aves y porcinos
- Esquilas
- Establecimientos de comercialización mayorista frutihortícola
- Forestal
- Ganadería
- Lechería
- Mercados de cercanía
- Ovinos
- Pesca
- Plantas frigoríficas
- Plantas y flores
Para ver y descargar los protocolos vigentes haz clic aquí: https://magyp.gob.ar/covid-19/
Grandes gestos vialenses
[14-15-2020] Desde el Municipio se hace público el agradecimiento al centro de Jubilados de la Provincia de nuestra ciudad que ha realizado una donación de $30.000,00 a fin de ser destinados a Promoción Social, mediante el fondo Especial de Contingencia COVID – 19 , creado mediante el Decreto N°142/20 con el fin de asistir a personas indigentes, proporcionándoles elementos indispensables, especialmente alimentos, para transcurrir las consecuencias de la pandemia.
Asimismo, se expresa gran gratitud a dos vecinos que han destinado anonimamente aportes económicos para el mismo fondo, uno de los cuales se destinó en la compra de insumos para el centro de salud Dr. Ramón Carrillo, al Instituto de inglés “New Ways” de la Profesora Marcela Gallo que han efectuado una donación de ropa recopilada en dicha institución y al Señor Juan Lizaso, quien donó barbijos especiales para el centro de Salud.
Consideramos que la solidaridad es la mejor herramienta contra la adversidad y un valor humano fundamental en todo momento y más ahora con la crisis del coronavirus y que estas acciones son de destacar ya que nos siguen demostrando que son ejemplo de que juntos y entre todos, podremos afrontar este flagelo.
Ordenanza N°1955/20
[13-05-2020] Teniendo en cuenta que una de las principales peculiaridades del coronavirus COVID-19 es su alta capacidad de transmisión y contagio, la cual está presente aún en personas que se han contagiado, pero son asintomáticas, es que se torna necesaria la utilización de elementos de protección que cubran la boca, la nariz y el mentón (tapaboca): particularmente en aquellos ámbitos donde resulta más complejo garantizar el mínimo distanciamiento social, tales como comercios y todas aquellas dependencias de atención al público en nuestra ciudad.
Es por lo antes mencionado, que se ha establecido el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (tapaboca), por parte de todas las personas para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público, servicio de transporte privado (remis) y vehículos particulares cuando haya dos o más personas en su interior, en todos los espacios cerrados de acceso público de la ciudad de Viale y así también para todo aquel que desee ingresar a la misma.
Esta obligación regirá hasta que las autoridades Nacionales establezcan el fin del aislamiento, social, preventivo y obligatorio y cada comercio, organismo y ente público, deberán exhibir de manera clara y legible un cartel que exprese el número de la presente Ordenanza con la frase “En este local el uso de tapaboca es obligatorio.
Es importante destacar que según la normativa la violación de estas disposiciones dará lugar a sanciones para los responsables de transportes de personas, comercios, organismos y entes públicos de apercibimiento, y en caso de reincidencia sanción pecuniaria de entre Una (1.-) y hasta Diez (10.-) Unidades Multa.
Los socios de los clubes de la ciudad podrán usar sus instalaciones para la caminata recreativa
[12-05-2020] Durante la mañana, el secretario de Gobierno Prof. Enzo Heft junto al subsecretario de Deportes Prof. Alexis Reula mantuvieron una reunión con los dirigentes de los dos clubes deportivos de nuestra ciudad.
Durante el encuentro, se acordó con los mismos que, tanto Club Atlético Arsenal, como Viale Foot Ball Club ponen a disposición de sus respectivos socios sus canchas como un circuito habilitado para la actividad recreativa.
Asimismo, se estableció que en ambas instituciones, se respetará el protocolo establecido por el municipio, y se controlará el cumplimiento de días según terminación de DNI y horarios establecidos.
Recordamos que tal como se anunció esta mañana en conferencia de prensa, la caminata debe ser individual a excepción de los menores de 16 años, y las personas con discapacidad o algún impedimento motriz que requiera asistencia y deben ser acompañadas por un adulto y que para poder llevar adelante el ejercicio, es obligatorio el uso del tapabocas.
El horario permitido es de 10:00 a 18:00 horas por el plazo máximo de una hora hasta 3 veces por semana (180 minutos semanales).
En cuanto a la distribución de días, se ha establecido que aquellos cuyo DNI terminan en 1, 2, 3, 4 y 5: podrán salir a caminar los lunes, miércoles y viernes, en tanto los DNI terminados en 6, 7, 8, 9 y 0 lo podrán hacer los martes, jueves y sábados. En el caso de salir con un menor se considera la terminación de su documento.
Es importante tener en cuenta los recaudos anunciados:
- Que la distancia entre personas sea de adelante y atrás de 10 metros y de lateral, 2 metros.
- La caminata debe realizarse en el sentido de las agujas del reloj, sin excepción.
- Se prohíbe hacer actividad los días lluviosos o inestables .
- Es imprescindible el uso de tapabocas.
Esta medida responde a las normativas propuestas por el Comité de Organización de Emergencia en Salud (COES), y es posible llevarla adelante únicamente si cada vecino actúa con responsabilidad y cumple con las indicaciones dispuestas. Si esto no ocurre, la medida deberá ser suspendida.
Decreto Nº210/20
[12-05-2020] VISTO: El Decreto G.O.B. Nº 459/20, el Documento DCOES 050 para el esparcimiento responsable y las facultades propias otorgada por la Ley Orgánica de Municipios Nº 10.027, y;
CONSIDERANDO: Que de este Departamento Ejecutivo han emanado decretos de adhesión al aislamiento preventivo y obligatorio, como también estableciendo las excepciones y habilitaciones para ciertas actividades;
Que las recomendaciones son dinámicas, y pueden cambiar según la situación epidemiológica y en este sentido, es el objetivo ofrecer a la comunidad en general el uso indicado del momento de esparcimiento, reduciendo la posibilidad de contagio lo máximo posible;
Que, para el cumplimiento del esparcimiento responsable y las condiciones sanitarias de la Ciudad de Viale, se debe establece un estricto protocolo para las nuevas modalidades a los efectos de prevenir el contagio y la reunión de personas para evitar la diseminación del virus COVID-19;
POR ELLO: EL PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VIALE DECRETA:
ARTICULO 1º) Establecer como obligatorio el protocolo de Actividad recreativa regulada dentro de la ciudad de Viale, que se adjunta al presente decreto.
ARTICULO 2º) La Sub Secretaría de Deportes de la Administración Municipal, se encuentra facultada para producir modificaciones, extensiones y restricciones a las medidas protocolizadas.
ARTICULO 3º) Los desplazamientos de las personas alcanzadas por las excepciones de actividad recreativa, deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.
ARTICULO 4º) Las presentes actividades podrán ser dejadas sin efecto en forma parcial o total, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia Covid-19, o si cambian las circunstancias, por decisión del Departamento Ejecutivo por considerarlo riesgoso para la salud.