Resumen sesión ordinaria Nº 06/21 Honorable Concejo Deliberante
[16-06-2021] Durante la noche del miércoles 9 de junio, se llevó a cabo la Sesión Ordinaria Nº6/21 del Honorable Concejo Deliberante.
A continuación se detallan los expedientes y proyectos tratados durante la jornada:
Se aprobaron:
- Expte: 6462) Nota de un particular sobre donación de un inmueble para extensión Calle.
- Expte: 6696) Proyecto de Ordenanza sobre “Taller de violencia de los noviazgos”.
- Expte: 6700) Decreto del D.E.M Nº 195/21 derogando ad referéndum el Decreto Nº 386/20 Obra vial.
- Expte: 6701) Proyecto de Ordenanza sobre creación del Registro de artistas locales.
- Expte: 6702) Proyecto de Resolución sobre necesidad de reparación de dos tramos de Ruta Provincial Nº 32.
- Expte: 6712) Decreto del D.E.M Nº 232/21 sobre cotejo de precios para perforación de un pozo.
- Expte: 6714) Proyecto de Ordenanza sobre adhesión a la “Ley Yolanda” sobre capacitación en temas medio ambientales.
- Expte: 6715) Proyecto de Comunicación sobre funcionamiento de gimnasios.
- Expte: 6716) NOTA del D.E.M., adjuntando Decreto Nº 254/21 excepcionando a vecinos calle “Misiones” entre “Perón y Sarmiento” del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 4º de la Ordenanza 1967/20 sistema de obras de infraestructura por convenio con vecinos.
- Expte: 6720) Proyecto de Resolución sobre adhesión a proyecto de ley declarando servicio esencial a los gimnasios.
- Expte: 6722) Decreto del D.E.M Nº 249/21 convenio de colaboración con una empresa – tema aceites vegetales usados.
- Expte: 6724) Nota de un particular solicitando “Banca Ciudadana”.
- Expte: 6728) Nota del D.E.M adjuntando Decreto Nº 284/21 disponiendo ad referéndum de este Cuerpo la OBLIGATORIEDAD de uso de TAPABOCAS y NARIZ en lugares abiertos, de circulación en jurisdicción Municipal, durante todo el tiempo que dure la Pandemia Covid-19 y mientras dicha disposición no sea modificada. Intensificación de Campaña de difusión sobre uso de tales elementos de protección, concientización para evitar reuniones sociales sin cuidados. Ratificación de la vigencia de todos los protocolos de protección dictados en tal sentido en el ámbito del Municipio.
- Expte: 6730) Proyecto de Decreto reglamentando sesiones virtuales del Cuerpo.
Reglamentación servicio privado de cadetería, delivery y mensajería
[16-06-2021] Desde el Municipio se informa a comerciantes que, durante el fin de semana, se realizarán operativos de control y solicitud de documentación a prestadores de servicio privado de cadetería, delivery y mensajería el cual se ha reglamentado a través de la Ordenanza Nº 1968/20.
Es importante destacar que se considera como servicio de cadetería, delivery y/o mensajería a todo aquel que realiza actividades relacionadas al traslado de alimentos, mercadería o realización de trámites, con la utilización de motocicletas, motonetas, ciclomotores, motofurgones, triciclos y/u otro cualquier tipo de vehículo que sea destinado para dicha actividad de hasta 125 cm3 de cilindrada (no se aceptarán motovehículos del tipo denominado “Cross”).
Según lo establecido, una vez formalizada la inscripción gratuita, en el área de Bromatología, se extenderá un certificado habilitante para la empresa, una credencial para cada vehículo registrado, una para cada conductor y una calcomanía que deberá ser adherida al vehículo destinado para tal fin.
Cada persona afectada al servicio deberá dar cumplimiento y exhibir cada ítem que la normativa enuncia, como así también, los vehículos utilizados y los receptáculos para el transporte de sustancias alimentarias que deben concordar con lo que establece el Código Alimentario Argentino en su art Nº152 siendo el área de bromatología quien tome intervención para establecer referencias.
Las empresas, serán responsables directas de las multas y/o infracciones ocasionadas por el incumplimiento de esta Ordenanza, pudiendo aplicarse sanciones económicas que van de 1 a 10 unidades multa.
Aquellos prestadores de este tipo de servicio que todavía no se han inscripto, a la brevedad, deberán acercarse al sector de Bromatología, en el Palacio Municipal, con copias de la siguiente documentación:
- DNI del comérciate y cadete.
- Habilitación municipal
- Carnet de manipulador de alimentos de comerciante y cadete
- Carnet de conducir
- Título de propiedad del vehículo
- Consentimiento de uso (de ser necesario)
- Recibo de pago del seguro
Ante dudas o consultas los interesados podrán comunicarse de lunes a viernes de 6:30 a 12:00 horas al teléfono 4920135 interno 130 o mediante correo electrónico bromatologia@viale.gob.ar