Se ha habilitado la actividad del personal de casas particulares
[15-05-2o20] A través del Decreto N°214/20 el Municipio adhiere a la resolución Nº 0276 del Ministerio de la Producción de Entre Ríos, la cual exceptúa del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular, respecto al personal ocupado en Casas Particulares en todo el territorio provincial.
A continuación, se detallan las pautas que deben seguir los trabajadores, su traslado y los elementos de protección que deben proveer los empleadores.
Respecto al conocimiento del virus:
Tanto empleado como empleado deben informarse correspondientemente sobre las particularidades del coronavirus, sobre todo referido a síntomas de alerta, sus formas de contagio y los mecanismos de distanciamiento, higiene y desinfección que evitan su contagio. Dicha información está disponible en https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus.
Respecto a personal exceptuado:
Las personas que se encuadran en los grupos de riesgo descriptos en decreto provincial 276 serán exceptuadas de realizar las actividades en casas particulares, así como también deberá contemplarse situaciones de personas con hijos en edad escolar, que no puedan dejar al cuidado de otras personas.
Respecto al traslado del trabajador desde y hacia su casa:
Deberá evitarse el transporte público, y de no ser posible tal situación se tomarán todos los recaudos para minimizar riesgos de contagio. Se deberá usar barbijos, se evitará tocarse boca, nariz y ojos durante el trayecto, se viajero provisto de un kit de higiene de manos de alcohol en gel o alcohol diluido al 70 % para usar ante cualquier situación de contacto considerada riesgosa.
El trabajador deberá poseer en todo momento el permiso único de circulación expedido a nivel nacional. El empleado deberá descargar en su teléfono móvil la app CUIDAR - COVID 19-AR del gobierno nacional
Respecto al Ingreso al lugar de trabajo:
Al ingreso al trabajo deberá verificarse ausencia de sintomatología compatible con enfermedad respiratorio, también se deberá insistir con la consulta sobre contactos directos con personas diagnosticadas con covid o, que hayan estado en localidades con circulación activa del virus.
El empleador deberá facilitar una superficie embebida con lavandina diluido con agua para la correcta higiene del calzado, previo ingreso y de ser factible, cambio de calzado u otra vestimenta.
La primera tarea del empleado será la de lavarse con agua y jabón, según se indica en las recomendaciones del Ministerio de Salud.
Respecto a los Elementos de Protección Personal:
El empleador deberá proveer de barbijos o tapabocas, guantes de látex, delantal o chaqueta mangas largas y máscaras faciales de uso individual. Todos los elementos deberán utilizarse acorde a indicaciones del fabricante respecto a si son descartable o reutilizables, así como la vida útil y la manera correcta de limpieza y desinfección del material reutilizable. También se dispondrá de alcohol en gel para ser utilizado con frecuencia y ante cada tarea que requiera de contacto de manos con superficies.
Respecto a convivientes del empleador y distanciamientos:
En caso que el empleador o convivientes de él pertenezcan a grupos de riesgo, deberán extremarse las medidas de evitabilidad de contacto. Se recomienda que durante las tareas domésticas asignadas al empleado, no compartan espacios con las personas que allí conviven. De no ser posible tal condición, se recomienda distanciamiento mínimo de 1,5 metros en todo momento, así como uso de elementos de protección personal también en los habitantes del hogar.
Respecto a desinfección, ventilación e higiene:
La contaminación de superficies y objetos es una de las vías más frecuentes de transmisión de las infecciones respiratorias. Se recuerda que diversas superficies deben ser desinfectadas regularmente para minimizar el riesgo de transmisión por contacto: mostradores, barandas, picaportes, puertas, etc.
Antes de aplicar cualquier tipo de desinfectante debe realizarse la limpieza de las superficies con agua y detergente. Esta limpieza tiene por finalidad realizar la remoción mecánica de la suciedad presente.
La forma sugerida es siempre la limpieza húmeda con trapeador o paño, en lugar de la limpieza seca (escobas, cepillos, etc). Una vez realizada la limpieza de superficies se procede a su desinfección.
Con la siguiente solución pueden desinfectarse las superficies que estén visiblemente limpias o luego de su limpieza. Esta solución produce rápida inactivación de los virus y otros microorganismos y se requiere de elementos de uso corriente: agua, recipiente, trapeadores o paños, hipoclorito de sodio de uso doméstico (lavandina con concentración de 55 gr/litro):
-Colocar 10ml (2 cucharadas) de lavandina de uso doméstico en 1 litro de agua. De utilizar una lavandina comercial con concentración de 25 g/1, se debe colocar el doble volumen de lavandina para lograr una correcta desinfección.
-Sumergir el trapeador o paño en la solución preparada, escurrir y friccionar las superficies a desinfectar. Dejar secar la superficie. El personal de limpieza debe utilizar equipo de protección individual adecuado para limpieza y desinfección.
Por otro lado, se debe respetar la ventilación de ambientes cerrados, sobre todo en período invernal o de bajas temperaturas debe hacerse con regularidad para permitir el recambio de aire. En otras circunstancias y lugares se recomienda que se asegure el recambio de aire mediante la abertura de puertas y ventanas que produzcan circulación cruzada del aire.
Recordemos que tal como se establece, esta excepción podrá ser dejada sin efecto en forma parcial o total, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y conforme a la evolución epidemiológica de la pandemia Covid-19.
Agricultura cuenta con 15 protocolos de buenas prácticas frente al COVID-19
[15-05-2020] El Municipio informa a los vecinos que el Ministerio de Salud de la Nación ha dispuesto lineamientos que contienen especificaciones para cada actividad productiva, los cuales se han elaborado en conjunto de la cartera nacional, el INTA, el Senasa y las asociaciones y organismos que nuclean a las diferentes cadenas.
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación cuenta al momento con 15 protocolos específicos para las diferentes actividades productivas con el fin de, brindar seguridad para trabajadores y consumidores frente a la pandemia, en la fase de mitigación del virus COVID-19, garantizando el abastecimiento de los productos en la mesa de los argentinos.
Cada interesado podrá ingresar, conocer y descargar el protocolo que sea de su área e informarse así, sobre las forma de actuar con la mayor celeridad frente a posibles casos sospechosos o positivos para evitar la paralización de toda una cadena productiva y así perder la oferta de productos esenciales, siempre en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia 260/2020.
Las cadenas que ya cuentan con su Protocolo son:
- Agricultura familiar
- Alimentos y bebidas
- Apicultura
- Aves y porcinos
- Esquilas
- Establecimientos de comercialización mayorista frutihortícola
- Forestal
- Ganadería
- Lechería
- Mercados de cercanía
- Ovinos
- Pesca
- Plantas frigoríficas
- Plantas y flores
Para ver y descargar los protocolos vigentes haz clic aquí: https://magyp.gob.ar/covid-19/